El Desnudo en la Legislación
En la mayoría de las legislaciones modernas impera en el principio
constitucional que afirma: "todo lo que no está prohibido expresamente,
está permitido" La desnudez del cuerpo, en el sentido de mera ausencia
de ropas, no está prohibida expresamente. Lo que se penaliza es la
exhibición obscena, el mostrar todo o parte del cuerpo con intención de
provocación sexual (exhibicionismo).
Visto así parece sumamente simple: cuerpo desnudo sin intención no es
delito, cuerpo desnudo con intención de provocar es una exhibición obscena.
Pero el tema no es tan simple tratándose de sociedades donde el Nudismo no
esta tan difundido. Puede suceder que quien juzga el hecho no tenga clara la
diferencia entre exhibirse y estar simplemente sin ropas.
Otra complicación es que, con este principio constitucional, muchos
interpretan que cualquiera puede desnudarse en un lugar público, lo cual
necesariamente producirá conflictos entre distintos sectores sociales. Y
suele suceder que los mismos que se desnudan no tienen clara la diferencia,
haciendo una identificación entre estar desnudo y exhibirse con intención de
provocar sexualmente
No existiendo prohibición expresa, la difusión de los contenidos y de la
ética del nudismo naturista ha permitido lograr la habilitación expresa de
playas nudistas opcionales por parte de los municipios, lo que tácitamente
implica el reconocimiento de su legalidad.
Legislación penal
Algunos códigos penales, como el argentino, sanciona la exhibición obscena,
siendo agravada por la intervención de menores. En su Art. 129. expresa:
"Será reprimido con multa de …el que ejecutare o hiciese ejecutar por otros
actos de exhibiciones obscenas expuestas a ser vistas involuntariamente por
terceros. Si los afectados fueren menores de dieciocho años la pena será de
prisión de seis meses a cuatro años. Lo mismo valdrá, con independencia de
la voluntad del afectado, cuando se tratare de un menor de trece años".
Según esta legislación para que se configura una exhibición obscena se
requieren actos, manifestaciones expresas que tiendan a provocar sexualmente
a otras personas, que muestren o hagan mostrar el cuerpo en forma de
provocación. Pero no siempre es interpretado de esta manera por quienes
juzgan los hechos concretos Por esto, y con la intención de evitar
situaciones sociales conflictivas, las asociaciones nudistas recomiendan no
practicar nudismo fuera de los lugares habilitados a tal efecto.
Los menores de edad
El delito de Exhibiciones Obscenas en el artículo citado, se agrava cuando
se encuentran involucrados menores de edad, quienes en todas las
legislaciones tienen una especial protección legal. Algunas, como la
española, la Exhibición Obscena únicamente se configura cuando se afecta a
un menor de edad.
Si bien no se concibe el nudismo familiar sin la presencia de niño, los
menores de 18 años solo pueden concurrir sin riesgo legal a lugares nudistas
acompañados por sus padres o tutores legales. Aun así, es recomendable
llevar a los niños a lugares familiares donde se respete y aplique
estrictamente la Ética Naturista.
Los padres son los primeros responsables de controlar las actividades de sus
hijos y sus compañías en un lugar nudista. Y las personas que concurren a
estos lugares, además, deben tener especial cuidado en no crear situaciones
confusas o que puedan ser mal interpretadas en relación a los menores.
Mantener distancia de niños ajenos es lo más recomendable en estos casos.
Visión involuntaria por parte de terceros
El artículo citado no se limita sólo a lugares públicos. A diferencia de
otras legislaciones incluye actos que puedan ser vistos en forma
involuntaria por terceros: una ventana, una terraza, alguien que pase
casualmente por un callejón o médano desierto y que haga la denuncia
configura una exhibición obscena.
Conclusiones
De lo dicho podemos concluir que no hay riesgos mientras una persona se
desnude en lugares privados y cerrados, siempre que sean todos mayores de
edad., o menores con sus padres o tutores legales. O bien en lugares
públicos autorizado como de "nudismo opcional". Ello mientras no se cometan
actos de exhibiciones obscenas. Todas estas imprecisiones terminarán cuando
tanto a los jueces como a la población tengan claros los conceptos de
nudismo. Y para ello se requiere una educación para la visión del cuerpo
desnudo separado de toda actividad sexual u obscenidad.
Por eso, se debería lograr la aceptación social del nudismo mediante la
difusión de sus contenidos creando en la gente la conciencia de que el
desnudo es algo natural que a nadie ofende.
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